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lunes 20 octubre 2025, 01:40 PM Por: Diego San Román
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado la paralización de las obras en las inmediaciones del estadio Santiago Bernabéu para construir dos aparcamientos subterráneos y un túnel, realizadas por el Real Madrid y autorizadas por el Ayuntamiento de la capital.
En una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la sección tercera de lo Contencioso-Admnistrativo rechaza el recurso de apelación del Ayuntamiento y del Real Madrid contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 que dio la razón a la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu (AVPB) y anuló el acuerdo de la Junta de Gobierno por el que se autorizaron dos aparcamientos en los alrededores del estadio.
EL TSJM acuerda en esta nueva sentencia imponer el pago de las costas procesales a las parte apelantes, si bien lo limita a 6.000 euros para el Ayuntamiento de Madrid y 12.000 para el Real Madrid Club de Fútbol.
La sentencia puede ser recurrida
No obstante, esta última sentencia puede ser también recurrida en casación ante esta misma Sala en el plazo de treinta días desde su notificación.
La Sala asegura compartir "sustancialmente los razonamientos" de la sentencia recurrida en el sentido de que “la Administración demandada no ha llegado a acreditar en el presente procedimiento que la ejecución de dos aparcamientos, de los cuales, uno proyecta una conexión directa con el parking propio del Estadio Bernabéu, satisfaga una finalidad de interés público y general acorde con el Planeamiento Urbanístico y específicamente con Plan Especial".
«El déficit de plazas que a tal fin puedan quedar colmadas para los residentes de la zona en modo alguno puede compadecerse con el perjuicio medioambiental previsible para aquellos, pero también para el resto de los ciudadanos en general, en consideración a una posible supresión de arbolado y zonas verdes que conllevaría la ejecución de las obras», destaca la sentencia.
Aumento de la contaminación «atmosférica y acústica»
A esto añade el aumento de la contaminación "atmosférica y acústica» por el incremento del trasiego de vehículos en la zona, "cuyas molestias se verían superadas con creces con ocasión de la celebración de eventos en el estadio del Real Madrid, C.F., entidad que saldría beneficiada por la ejecución proyectada".
La Sala comparte también que los proyectos de ejecución autorizados infringen el Plan Especial(PE) 2017, tal y como reflejan los dictámenes de arquitectos urbanistas aportados por la Asociación Vecinal y que, destaca, son «valorables en igualdad de condiciones que los de la Administración según la doctrina jurisprudencial».
Califica asimismo de "razonables" las razones esgrimidas en la sentencia recurrida «en orden a considerar carente de interés público el proyectado túnel de 650 metros de longitud del aparcamiento de la calle Padre Damián para el acceso al aparcamiento del Real Madrid Club de Fútbol".
Esta obra, entienden los magistrados, «responde efectivamente a su particular interés y beneficio, sin que por la Administración apelante se hayan ofrecido datos objetivos y fehacientes que permitan deducir que ese túnel fuese a resolver la situación de congestión de tráfico existente en la zona, tratándose de una conexión subterránea entre aparcamientos».
Tras el primer fallo, hecho público hace un año y que ahora ha confirmado el TSJM, el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida (PP), comunicó al Real Madrid la “necesidad” de paralizar las obras y adoptar medidas de seguridad, así como de reponer la superficie abierta para construir los aparcamientos con el objetivo de “no perjudicar la movilidad en el entorno”.
EFE/Foto: Pexels